En respuesta a las inquietudes surgidas entre los cazadores de las provincias de Sevilla y Huelva acerca de la normativa que rige la actividad cinegética en Andalucía, la Federación Andaluza de Caza (FAC) y la Asociación Empresarial de Criadores y Titulares de Cotos de Caza de Andalucía (ATECA) han proporcionado aclaraciones fundamentales. Según el Decreto 126/2017, de 25 de julio, que establece el Reglamento de Ordenación de la Caza (ROC) en la región, no está prohibido que dos o más personas compartan un mismo puesto con sus armas durante actividades como monterías, ganchos, y batidas, así como en ojeos para caza menor. Sin embargo, la normativa especifica claramente que estas no deben utilizarse de manera simultánea.
Esta aclaración surge a raíz de la confusión sobre el concepto de «puesto doble», definido como la acción de caza en la que dos personas o más usan sus armas al mismo tiempo desde una misma posición. La Guardia Civil, a través de su Servicio de Protección a la Naturaleza (Seprona), ha respaldado esta interpretación ofrecida por la FAC y ATECA, señalando que se ajusta al marco legal establecido.
El ROC es explícito en prohibir la caza desde «puestos desdoblados», donde los cazadores se sitúan separados del puesto fijo debidamente señalizado. Esta normativa se aplica tanto a modalidades de caza mayor como menor, excepto en la modalidad tradicional de caza en «poza» o «aro» de aves acuáticas.
Este recordatorio es esencial para garantizar el cumplimiento de la normativa y la seguridad en las actividades de caza, reafirmando el principio de que, salvo prohibición expresa de la ley, las acciones están permitidas.
Fuente: Federación Andaluza de Caza.