La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha establecido que el plazo para que las personas naturales presenten y paguen su declaración de renta correspondiente al año 2023 será del 12 de agosto al 24 de octubre de 2024. Aquellos contribuyentes con saldo a favor podrán solicitar una devolución mediante el Servicio Informático de Devoluciones de la DIAN, siempre que la solicitud se presente en los dos años posteriores al vencimiento del plazo de declaración. La solicitud debe ser acompañada de los formatos correspondientes y puede ser rechazada si presenta errores o se realiza fuera de tiempo. La DIAN dispone de un plazo de 20 días para devolver el saldo si se presenta garantía y 50 días en otros casos. La devolución se efectuará mediante cheque, título, giro o abono en cuenta, dependiendo del monto. Además, los contribuyentes tienen la opción de realizar un recurso de reconsideración en caso de rechazo de la solicitud.
Leer noticia completa en El Pais.