El Senado ha aprobado una reforma al artículo 49 del Estatuto de los Trabajadores, protegiendo a empleados con discapacidad sobrevenida de despidos automáticos. Desde el 1 de mayo, las empresas no pueden despedir a estos trabajadores sin antes considerar adaptaciones o reubicaciones, según señaló el abogado Pedro López. Solo si la empresa demuestra que no puede realizar ajustes razonables sin incurrir en una carga excesiva, o si no existe un puesto acorde disponible, podrá proceder al despido. Tododiscapacidad ofrece orientación sobre estas reformas y temas relacionados en sus plataformas digitales.
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