Desde la reforma del Código Civil en 2021, las mascotas en España son consideradas «seres vivos dotados de sensibilidad», lo que introduce un enfoque novedoso en casos de divorcio, centrándose en su bienestar. En estas situaciones, es crucial establecer quién tendrá la custodia del animal, similar a la de hijos menores, asegurando estabilidad y continuidad en su cuidado. Las partes pueden acordar cómo compartir gastos y responsabilidades, y si no, un juez decidirá. El Código Civil ofrece directrices para estas decisiones, evaluando factores como el cuidador principal y la estabilidad del entorno del animal. En el caso de parejas de hecho, sin acuerdo, la regulación no aplica automáticamente, complicando la resolución.
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