El juez Puente ha señalado que la Sala previamente denegó la autorización a los líderes del ‘procès’, marcando así un precedente relevante en el contexto legal relacionado con el movimiento independentista catalán. Esta decisión subraya la postura del tribunal respecto a las implicaciones legales de las acciones de estos líderes, manteniendo una línea clara en cuanto al tratamiento judicial de los acontecimientos relacionados con la búsqueda de independencia en Cataluña. La negativa de autorización refleja las consideraciones de la Sala sobre la gravedad de las acciones durante el referéndum celebrado y su impacto en el orden constitucional en España.
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