EFF Insta a la Corte de Apelaciones a Preservar Normas Flexibles de Uso Justo en Derechos de Autor

El Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito se encuentra en medio de un caso que podría redefinir el ámbito del uso justo, un principio vital en la ley de derechos de autor. La controversia surge del caso Sedlik contra Von Drachenberg, en el que un tatuador de Los Ángeles diseñó una obra basada en una icónica fotografía de Miles Davis hecha por el fotógrafo Jeffrey Sedlik. Un jurado anteriormente dictaminó que el tatuador no violó los derechos de autor, afirmando que su creación no era «sustancialmente similar» al trabajo original.

Sedlik, no obstante, ha apelado esta decisión, argumentando que solo los usos «objetivos» de una obra con derechos de autor deberían ser considerados dentro del uso justo, una interpretación que adopta a partir de un fallo de la Corte Suprema relacionado con el artista Andy Warhol. Esta reinterpretación podría cambiar drásticamente la forma en que se concibe el uso justo, ofreciendo protecciones únicamente a los usos considerados «objetivamente» transformativos.

La jurisprudencia de la Corte Suprema ha sustentado durante años que el uso justo debe permitir una copia «razonablemente necesaria» para alcanzar un nuevo propósito, sin hacer distinción alguna entre usos «objetivos» y «no objetivos». Este principio ha permitido decisiones históricas, como la grabación de cintas de video en 1984 y el uso de convenciones de programación por Google en 2021 para sus dispositivos modernos, ambos protegidos bajo el paraguas del uso justo.

Sedlik también sostiene que si un usuario secundario pudiera optar por una obra diferente, ello indicaría que no está «objetivando» la obra original, debilitando así su defensa del uso justo. Sin embargo, este nunca ha sido un requisito en el uso justo. De hecho, los usuarios frecuentemente eligen entre diversas obras por razones estéticas y prácticas. Un ejemplo común es el caso de un profesor de cine que decide presentar una película específica en clase para ilustrar una técnica.

Además, Sedlik argumenta que las publicaciones en redes sociales del tatuador califican automáticamente como actos «comerciales», intensificando la complejidad del uso justo en este contexto. Sin embargo, múltiples tribunales de apelación han rechazado ampliar de manera tan estricta el alcance de la comercialidad en el uso justo.

Para garantizar que la innovación y la libre expresión continúen floreciendo en un entorno digital, el uso justo debe mantenerse como una norma adaptable que abarque una amplia gama de propósitos y aplicaciones. En este sentido, la Electronic Frontier Foundation (EFF) y otros defensores de las libertades digitales están instando al Noveno Circuito a desestimar las propuestas que buscan constriñir este principio esencial.

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