El Banco de España Advierte sobre los Riesgos de las Cuentas Compartidas: Recomendaciones para una Gestión Segura

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El Banco de España ha emitido un aviso a los titulares de cuentas compartidas, destacando las diferencias entre las cuentas de disposición conjunta e indistinta y las implicaciones en caso de fallecimiento de uno de los titulares. En las cuentas conjuntas, todos los titulares deben autorizar las transacciones, mientras que en las indistintas, cualquier titular puede disponer del saldo por su cuenta. En caso de fallecimiento, los herederos del titular fallecido deben dar su consentimiento para disponer de fondos en cuentas conjuntas. Además, Hacienda ha aclarado que no multa por compartir cuentas entre padres e hijos, salvo en casos sospechosos de donaciones encubiertas.

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