El Tribunal Supremo del Reino Unido dictaminó que el término ‘mujer’, según la Ley de Igualdad del 2010, se refiere al sexo biológico, concluyendo así una prolongada disputa legal con una organización defensora de los derechos de las mujeres que cuestionaba la definición aplicada por el Gobierno escocés. Aunque la decisión no representa una victoria absoluta para ninguna de las partes, garantiza a personas transgénero protección contra la discriminación, reafirmando al mismo tiempo que aquellas con certificados de reasignación de género no cumplen con la definición de ‘mujer’ en dicho marco legal. Este fallo ha sido celebrado por ‘For Women Scotland’, mientras que se destaca la incorrecta posición legal del Gobierno escocés que pretendía incluir a mujeres trans dentro de las cuotas de representación. La resolución reafirma el impacto potencial en ámbitos como espacios diferenciados por sexo, igualdad salarial y eventos deportivos.
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