El Tribunal Supremo ha otorgado el derecho a la pensión de viudedad a un miembro de una pareja de hecho no inscrita, que no pudo casarse debido al estado de alarma por el covid-19. La pareja convivió más de 20 años y había iniciado trámites legales para casarse antes de que el confinamiento forzara la cancelación de la boda, autorizada por el Registro Civil de Madrid el 11 de marzo de 2020. La sentencia del Supremo enfatiza una interpretación flexible de las normas de Seguridad Social, reconociendo la convivencia prolongada y los intentos interrumpidos de legalizar su unión. La mujer falleció el 30 de mayo de 2020, impidiendo retomar el proceso matrimonial. La decisión valora la duración de la relación y las circunstancias imprevistas que impidieron el matrimonio.
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