El Tribunal Supremo ha establecido que la determinación de la abusividad del Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) en contratos hipotecarios debe realizarse de manera individual, lo cual decepciona a las asociaciones de consumidores que esperaban una declaración general de su abusividad. Este fallo llega tras el dictamen del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que también abogó por un análisis caso por caso, subrayando la necesidad de evaluar la transparencia en la comercialización y la comparación con el euríbor. La banca defendió el IRPH como un índice más estable, pero su aplicación ha supuesto un sobrecoste mensual significativo para las familias afectadas, entre 200 y 300 euros, según plataformas de afectados. Este enfoque del Supremo podría saturar el sistema judicial, complicando una contingencia bancaria estimada en más de 15.000 millones de euros. Aunque el IRPH fue más estable durante ciertas épocas, sus costes han sido sistemáticamente superiores al euríbor, que ha experimentado fluctuaciones más extremas, incluyendo períodos de tasas negativas.
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