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El Supremo Ratifica la Devolución de Siete Millones al Ayuntamiento de Córdoba en Concepto de Intereses

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El Supremo confirma que el Ayuntamiento de Córdoba recupera siete millones de euros en intereses

El Tribunal Supremo ha inadmitido los recursos presentados por una entidad financiera, haciendo firme la sentencia de la Audiencia Provincial de Córdoba de 2022, que a su vez confirmaba una resolución anterior del Juzgado de Primera Instancia número 7. De esta manera, se ha declarado la nulidad de un préstamo de 3.000.000 de euros por el que el Ayuntamiento de Córdoba pagó más de 10.000.000 euros en intereses.

La disputa tiene su origen en 2007, cuando el Ayuntamiento firmó un préstamo por 3.000.000 euros. Sin embargo, a partir de 2010, las cuotas del préstamo se incrementaron desproporcionadamente, generando una carga insostenible para el Consistorio que ya había pagado más de tres veces el capital inicial. Ante esta situación, el Ayuntamiento optó por los servicios del letrado cordobés Rafael López Montes, miembro fundador de RED ABAFI de Abogados y Economistas, conocido por haber logrado una importante resolución del Tribunal Supremo en 2015 que eliminó una cláusula hipotecaria abusiva para más de 40.000 familias andaluzas.

En el análisis del contrato, López Montes no halló cláusulas suelo ni derivados financieros vinculados a la financiación, pero la particular fórmula de cálculo de intereses levantó sospechas. La investigación técnica, realizada junto con los peritos José Manuel Pazos y José Manuel Marín, reveló la inclusión de un producto financiero complejo y de alto riesgo dentro del contrato de préstamo.

El Juzgado de Primera Instancia n.º 7 de Córdoba dictó una sentencia el 18 de noviembre de 2021, declarando la nulidad del contrato por vicio en el consentimiento. La entidad financiera apeló la decisión, pero la Audiencia Provincial de Córdoba desestimó el recurso en noviembre de 2022. El tribunal concluyó que el mecanismo de cálculo de intereses del préstamo implicaba un derivado financiero de alto riesgo del que el equipo municipal no podía ser consciente al momento de la firma.

Posteriormente, la entidad financiera presentó recursos extraordinarios por infracción procesal y de casación, que fueron finalmente inadmitidos por el Tribunal Supremo en una resolución del 18 de septiembre de 2024, argumentando que carecían de fundamento y de interés casacional.

Según Rafael López Montes, el impacto económico de la sentencia es significativo. El Ayuntamiento de Córdoba recuperará no solo el capital y los intereses pagados, sino también los intereses legales, sumando una cantidad que podría superar los diez millones de euros. Este desenlace representa una victoria importante para el Consistorio y un precedente relevante en cuestiones de derecho bancario.

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