El Tribunal Supremo de España emitió un fallo relevante el 27 de octubre de 2025, afectando a millones de propietarios y comunidades de vecinos al clarificar el cumplimiento de la Ley de Propiedad Horizontal respecto al reparto de gastos comunes. En una disputa surgida en una comunidad de Madrid, donde un propietario impugnó la manera en que los gastos se distribuían, el alto tribunal anuló parcialmente las cuentas de los ejercicios 2014 y 2015, y el presupuesto de 2016, por no observar el principio de reparto por coeficientes de participación. La sentencia subraya que aunque los títulos constitutivos pueden permitir la individualización de ciertos gastos por portales o tipos de inmueble, dentro de cada grupo los costes deben repartirse proporcionalmente según el coeficiente de participación. Este dictamen busca garantizar la transparencia y la seguridad jurídica para los propietarios, enfatizando la necesidad de que las comunidades respeten la normativa y documenten adecuadamente cualquier excepción al reparto por coeficientes, evitando así conflictos vecinales.
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