El Tribunal Supremo ha eximido de responsabilidad a los bancos en casos donde el IBAN de una transferencia no coincide con otros datos debido a un error del cliente, según una sentencia del 27 de noviembre. Este fallo, a favor de Caixa Popular, revoca una decisión previa de la Audiencia Provincial de Valencia que había respaldado a un cliente que reclamaba 15.800 euros por una transferencia mal ejecutada. La corte suprema argumentó que no se vulneró la normativa de servicios de pago. No obstante, desde el 9 de octubre, una nueva normativa europea obliga a los bancos a verificar que el nombre del beneficiario coincida con el IBAN antes de realizar transferencias instantáneas. Juan Ignacio Navas, de Navas & Cusí, subrayó que, aunque anteriormente el banco debía ayudar a deshacer fraudes, no estaba obligado a verificar la titularidad del IBAN, algo que ha cambiado con la reciente legislación.
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