La reciente decisión del Tribunal Supremo, fechada el 14 de julio de 2025, marca un punto de inflexión en el tratamiento fiscal de las empresas familiares en relación con el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. La sentencia aclara finalmente el requisito del trabajador a jornada completa, un aspecto que había sido objeto de interpretaciones restrictivas por parte de la Administración, generando incertidumbre y problemas significativos para las compañías que buscaban aplicar reducciones fiscales.
Hasta ahora, la Agencia Tributaria había sostenido una interpretación rigurosa del artículo 27.2 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Este enfoque requería no solo la existencia de un contrato formal a jornada completa, sino también que las empresas demostraran una carga de trabajo significativa para el empleado, lo que muchas veces llevaba a la denegación de los beneficios fiscales. Las empresas se encontraban, por tanto, en la disyuntiva de tener que justificar una dedicación específica incluso en funciones que no demandaban una presencia continua.
Con esta nueva sentencia, el Tribunal Supremo ha enmendado dicha postura, afirmando que la normativa no exige la demostración de una carga de trabajo efectiva. Constituye un cambio crucial que basta con presentar un contrato laboral válido, vigente y formalizado a jornada completa conforme estipula la ley. No obstante, el tribunal también ha dejado claro que, si la Administración sospecha que el contrato pudiera ser simulado o formalista, tiene la carga de la prueba y debe seguir el procedimiento legal adecuado sin basarse en evaluaciones subjetivas.
Este pronunciamiento deja en claro que la normativa no contempla distinciones sobre la intensidad del servicio prestado y, por lo tanto, no se pueden introducir requisitos adicionales de interpretación no especificados por el legislador. En consecuencia, las empresas familiares podrán beneficiarse de una aplicación más predecible de las reducciones fiscales, reduciendo así la discrecionalidad administrativa.
Las implicaciones prácticas de la sentencia son de gran alcance. Al clarificar y limitar el margen de maniobra de las administraciones en relación con el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, se mejora significativamente la seguridad jurídica para las empresas familiares. Esto no solo disminuye el riesgo fiscal sino que también facilita la planificación sucesoria, favoreciendo la continuidad de estas entidades dentro de un marco normativo que ahora resulta más estable y predecible. Sin duda, este nuevo enfoque proporcionará un alivio a muchas empresas que ven en esta sentencia un respaldo a la legitimidad de sus estructuras laborales.








