La reciente decisión de la Sección 28 de la Audiencia Provincial de Madrid marca un antes y un después en la defensa de los derechos de los consumidores en España, estableciendo un nuevo precedente en la regulación de la transparencia de los contratos de tarjetas revolving. Este fallo histórico responde a un recurso de apelación presentado por el despacho Don Recuperador®, liderado por Antonio Castro Losada, impugnando la decisión inicial del juzgado de Primera Instancia nº 8 de Majadahonda.
La sentencia, registrada bajo el número 659/2024, anula un contrato específico de tarjeta de crédito revolving de la compañía Servicios Prescriptor y Medios de Pago. El tribunal ha denunciado la opacidad en la cláusula de intereses de dicho contrato, indicando que no ofrecía información clara ni detallada sobre la carga financiera para el consumidor, infringiendo el derecho a recibir información adecuada.
Entre las carencias evidentes del contrato, El tribunal subraya la falta de advertencias claras sobre el riesgo de que el pago mínimo mensual no redujera la deuda principal. Tampoco proporcionaba estimaciones exhaustivas de los intereses acumulados en diversos escenarios ni del tiempo necesario para liquidar completamente el crédito. Aunque la reciente Orden ETD/699/2020 reguladora del crédito revolving no se aplicaba en este caso por su entrada en vigor posterior a los hechos en cuestión, el tribunal la citó para destacar la importancia de ofrecer información precisa al consumidor, dadas las características arriesgadas de estos productos financieros.
El fallo señala que la falta de transparencia evidenciada genera un «desequilibrio significativo en perjuicio del consumidor» y clasifica el contrato como un caso de «crédito cautivo», lo que deriva en su nulidad total. Este pronunciamiento judicial establece un nuevo criterio para evaluar la transparencia en los contratos revolving, subrayando la necesidad de que la información precontractual sea clara y comprensible.
Este enfoque renovado coincide con las recientes sanciones impuestas por el Banco de España, que multó con 2,7 millones de euros a una destacada entidad financiera del mercado de tarjetas revolving por deficiencias informativas entre 2018 y 2019. Este contexto legal refuerza la creciente presión sobre las instituciones financieras para mejorar sus prácticas de transparencia y asegura una mayor protección para los consumidores frente a productos financieros potencialmente lesivos.
La sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid podría tener un impacto considerable en el sector financiero, forzando una revisión de las prácticas actuales y garantizando los derechos de los consumidores en transacciones de crédito complejas. Esta decisión subraya la responsabilidad de las entidades financieras de proporcionar información detallada y accesible, fortaleciendo así la confianza del consumidor en el sistema financiero.