La legislación laboral en España permite el despido disciplinario sin indemnización si un trabajador, durante una baja médica, realiza actividades que contradigan su diagnóstico o perjudiquen su recuperación. Aunque no existe una lista específica de conductas prohibidas, los tribunales evalúan si las acciones del trabajador, como viajar o practicar deporte, son incompatibles con su estado de salud. En sentencias recientes, los jueces han considerado despidos válidos cuando actividades como ejercicio intenso retrasan la recuperación, mientras que en otros casos, como el de un viaje al extranjero durante una baja por depresión, se ha dictaminado que no afectaron el proceso de mejora. La clave en estos dictámenes radica en la documentación médica y en las recomendaciones de los profesionales sanitarios, que pueden respaldar o contradecir las actividades realizadas por el trabajador.
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