La declaración de la renta sigue siendo una fuente de incertidumbres para muchas familias, especialmente cuando los padres están separados y comparten la custodia de sus hijos menores. Este escenario, cada vez más común, plantea dudas sobre la correcta manera de beneficiarse de las deducciones fiscales disponibles sin incurrir en errores.
Según la normativa de Hacienda, si no existe un acuerdo documentado entre los progenitores sobre quién incluirá a los hijos en su declaración conjunta, ambos deberán presentar sus declaraciones de manera individual. Esto implica la pérdida de la reducción por tributación conjunta, que asciende a 2.150 euros.
En situaciones donde ambos padres intentan, sin haber establecido una comunicación previa, presentar la declaración de manera conjunta incluyendo a los hijos, Hacienda interviene. En estos casos, la Agencia Tributaria exige que tanto los padres como los hijos presenten declaraciones individuales, anulando cualquier reducción obtenida de manera indebida. Solo se permite que uno de los progenitores haga una declaración conjunta con los hijos en casos de custodia compartida, siempre que exista un acuerdo previo.
La Dirección General de Tributos ha aclarado que hay deducciones que ambos progenitores pueden aplicar, como el mínimo por descendiente y la deducción por familia numerosa. Estas pueden efectuarse siempre y cuando se cumplan determinados requisitos y exista un acuerdo previo entre las partes.
Sin un acuerdo entre los padres, lo aconsejable es realizar declaraciones individuales para evitar conflictos con Hacienda. La normativa prohíbe que una persona forme parte de dos unidades familiares en el mismo año fiscal, lo cual impide que ambos padres incluyan a los hijos en declaraciones conjuntas simultáneamente. La planificación cuidadosa, la documentación de acuerdos y la alternancia anual en la inclusión de hijos en las declaraciones conjuntas son estrategias que se recomiendan para simplificar el proceso y reducir la carga fiscal.