La reciente modificación normativa en España, a través del Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, trae consigo cambios significativos en el ámbito de los permisos de nacimiento y cuidado. Esta regulación establece la inclusión de dos semanas adicionales de permiso, que se extienden a cuatro en el caso de familias monoparentales, para el cuidado de los recién nacidos, adoptados o acogidos. Este nuevo derecho se puede disfrutar hasta que el menor alcance los ocho años de edad.
Es importante resaltar que esta ampliación del permiso entra en vigor para aquellos niños nacidos, adoptados o acogidos a partir del 2 de agosto de 2024. Sin embargo, aquellos que hayan tenido un hijo entre el 2 de agosto de 2024 y el 30 de julio de 2025 podrán solicitar estas dos semanas adicionales a partir del 1 de enero de 2026, siempre y cuando la solicitud se realice con un preaviso de 15 días.
En la comunidad autónoma de Andalucía, el marco regulatorio correspondiente a estos permisos se encuentra contemplado en la Instrucción 11/2025 de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos. Este documento amplía los derechos de permisos por nacimiento para la madre biológica, así como para el progenitor diferente de la madre. Además, se hace hincapié en la naturaleza no retribuida del permiso parental, lo que se encuentra detallado en la Circular de 11 de junio de 2021.
Esta regulación es un paso hacia la mejora de la conciliación familiar y laboral en España, permitiendo que las familias tengan más tiempo para cuidar de sus menores y fortalecer los lazos familiares en los primeros años de vida. Es esencial que los futuros padres y madres estén informados sobre estos derechos para poder aprovechar al máximo las opciones que brindan en beneficio de su bienestar y el de sus hijos.
Fuente: ANPE Andalucía.






