El 6 de noviembre de 2024, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó la Orden PJC/1222/2024, que incluye un Acuerdo del Consejo de Ministros del 5 de noviembre de 2024. Este Acuerdo declara como «Zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil» las áreas impactadas por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA), que afectó a diversas regiones de la Península y las Baleares entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024.
Este Acuerdo también aborda la suspensión de plazos administrativos, tal como se estipula en su sección decimonovena. A partir de su firma, se interrumpirán los términos para la tramitación de procedimientos administrativos hasta que se emita un nuevo acuerdo del Consejo de Ministros que declare el fin de esta medida. Esta medida será aplicable a los residentes de los municipios listados en el anexo del Real Decreto-ley 6/2024, el cual fue promulgado el 5 de noviembre y está dirigido a mitigar los daños provocados por la DANA. Además, se contempla que aquellos interesados que demuestren la imposibilidad o las dificultades significativas para cumplir con los plazos también se beneficiarán de esta suspensión.
Una vez que se adopte un nuevo acuerdo que ponga fin a la suspensión, se reanudarán los plazos interrumpidos para la presentación de solicitudes por parte de las personas afectadas. Según lo dispuesto en el Acuerdo del Consejo de Ministros del 5 de noviembre de 2024, este plazo se extenderá por un periodo de 11 días hábiles. Las modalidades para la acreditación de los afectados se determinarán conforme a lo que se establezca en posteriores normativas.
Estos esfuerzos se enmarcan dentro de la estrategia del gobierno para hacer frente a la emergencia provocada por la DANA y apoyar a las comunidades involucradas en la recuperación posterior al desastre.
Fuente: ANPE Andalucía.