En el contexto de la regulación laboral en Andalucía, el año 2025 se presenta con una serie de resoluciones y decretos que establecen y modifican el calendario de fiestas laborales y locales en esta comunidad autónoma.
La Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral ha emitido varias resoluciones que son de particular interés para los ciudadanos y las empresas. La primera de estas, una resolución datada el 4 de octubre de 2024, revela la relación de fiestas locales de los municipios de Andalucía para el año 2025. Esta información es crucial tanto para los trabajadores como para los empleadores, ya que afecta la planificación de actividades, la organización laboral y los derechos de los empleados.
Posteriormente, el 15 de octubre de 2024, se publicó otra resolución que incluye la relación de fiestas laborales para el mismo año. Estas fiestas son consideradas como días no laborables, lo que implica que no se trabaja y, en algunos casos, deben ser compensadas por parte del empleador si el trabajador tiene que realizar su actividad laboral en esos días.
El 23 de diciembre de 2024, se llevó a cabo una modificación de la anterior resolución del 4 de octubre, lo que subraya la dinámica de ajustes y actualizaciones que pueden darse en el calendario laboral. Esta modificación tiene como objetivo reflejar adecuadamente las necesidades y realidades de los distintos municipios andaluces.
Finalmente, el Decreto 99/2024, promulgado el 21 de mayo, establece formalmente el calendario de fiestas laborales para toda la Comunidad Autónoma de Andalucía en el año 2025, consolidando así la información dispuesta en resoluciones anteriores y asegurando que la normativa se ajuste a las disposiciones locales.
Estas herramientas normativas son fundamentales para garantizar una organización adecuada en el ámbito laboral y para facilitar tanto la convivencia social como el cumplimiento de derechos y obligaciones de trabajadores y empleadores en la región.
Fuente: ANPE Andalucía.