La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía informó de una nueva regulación que, desde el 1 de septiembre, prohíbe el uso de ciertas sustancias químicas tóxicas en esmaltes y geles semipermanentes. Esta directiva es resultado de la modificación del Reglamento (CE) 1223/2009 sobre productos cosméticos, en conformidad con el Reglamento (UE) 2025/877 de la Comisión.
La prohibición específica se centra en dos sustancias: ‘N,N-dimetil-p-toluidina’ o dimetiltolilamina (DMPT), y el óxido de ‘difenil-(2,4,6-trimetilbenzoil)-fosfina’, conocido como ‘trimethylbenzoyl diphenylphosphine oxide’ (TPO). Hasta ahora, el TPO podía usarse en concentraciones de hasta el 5% en productos de uso profesional.
Estos compuestos han sido clasificados como potencialmente cancerígenos, mutagénicos o tóxicos para la reproducción, según la normativa europea, y han sido incluidos en la lista de sustancias prohibidas en cosméticos.
Desde el 1 de septiembre, ningún producto que contenga DMPT o TPO podrá comercializarse ni utilizarse en centros especializados, y no se permite su uso ni siquiera hasta agotar existencias. Se insta a revisar las etiquetas de los esmaltes y geles semipermanentes y desechar aquellos que contengan estas sustancias, gestionándolos apropiadamente según la normativa vigente.
La Dirección General de Consumo recomienda que los establecimientos informen a las usuarias sobre esta prohibición y garanticen que los productos cumplen con la legislación europea. También se aconseja a los consumidores verificar la composición de los productos y solicitar información al personal de los centros.
Finalmente, se advierte a las personas que puedan tener en casa esmaltes o geles que contengan estas sustancias que no los utilicen bajo ninguna circunstancia.
Fuente: Junta de Andalucía.