Consumo Recomienda Suscripción a la Lista Robinson para Evitar Llamadas Comerciales No Deseadas

La Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía ha recordado a los consumidores y usuarios la disponibilidad de recursos útiles para combatir el conocido ‘spam publicitario’ en cualquier formato, ya sea por teléfono, correo electrónico o sistemas de mensajería. Entre estos recursos, destaca la Lista Robinson.

La Ley General de Telecomunicaciones, vigente desde junio del año pasado, es la encargada de regular estas comunicaciones comerciales, prohibiendo las llamadas con fines comerciales sin el consentimiento previo de los usuarios. Sin embargo, a pesar de esta normativa, persisten las molestias ocasionadas por el ‘spam publicitario’.

Desde Consumo se hace un llamamiento a los usuarios para que se suscriban a la Lista Robinson. Este servicio gratuito, gestionado por la Asociación Española de Economía Digital (Adigital), se enmarca en el Reglamento Europeo de Protección de Datos y ofrece la posibilidad de evitar la recepción de publicidad no deseada a través de distintos canales como teléfono, correo postal, email y sms/mms, por parte de empresas a las que no se haya dado el consentimiento expreso.

Las personas inscritas en la Lista Robinson deberían recibir publicidad únicamente de aquellas empresas a las que hayan autorizado expresamente. Las empresas que incumplan esta normativa podrían ser sancionadas por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), ya que están obligadas a consultar la Lista Robinson para excluir del envío de publicidad a las personas inscritas.

Además de la inscripción en la Lista Robinson, Consumo sugiere más prácticas para evitar el ‘spam publicitario’. Recomienda rechazar el uso de datos personales con fines publicitarios al participar en concursos, ofertas o promociones, prestando atención a la información ofrecida y seleccionando cuidadosamente los términos aceptados.

También se menciona la posibilidad de ejercer el derecho de oposición, mediante el cual se puede indicar a la empresa que se desea parar el tratamiento de datos personales con fines comerciales. Es fundamental especificar el canal a través del cual se recibe la publicidad y proporcionar los datos exactos, como el número de teléfono o correo electrónico, que se quiere proteger.

Por último, si se desea eliminar por completo cualquier posibilidad de que una entidad disponga de los datos personales, se puede ejercer el derecho de supresión, solicitando que se eliminen sus datos del fichero de la entidad.

Estas medidas buscan proteger a los consumidores y usuarios del ‘spam publicitario’, garantizando su derecho a la privacidad y al control sobre sus datos personales.
Fuente: Junta de Andalucía.

Cayetano Andaluz
Cayetano Andaluz
Periodista y redactor de noticias de actualidad sobre Andalucía y sus provincias. También información en general.

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