Deducciones Fiscales en el IRPF por Gastos de Afiliación y Membresía en Clubes: Circular 07/26

2
minutos de tiempo de lectura
Deducciones Fiscales en el IRPF por Gastos de Afiliación y Membresía en Clubes: Circular 07/26

En el ejercicio fiscal de 2025, los residentes en Andalucía que hayan estado federados o sean miembros de clubes deportivos, gimnasios o centros deportivos, podrán beneficiarse de una deducción en su declaración de la Renta. Aquellos que abonaron cuotas de afiliación federativa podrán deducir el 15% de las cantidades pagadas, con un límite máximo de 100 euros anuales por persona. Esta deducción está regulada en el artículo 22 bis de la Ley 8/2025, de 22 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2026.

Para ser elegible, es necesario tener la residencia fiscal en Andalucía durante 2025; no existen restricciones en cuanto a los ingresos. Así mismo, la deducción cubre gastos del contribuyente, su cónyuge o pareja de hecho registrada, y los dependientes que permitan un mínimo familiar. Si el pago se ha repartido entre varias personas, cada una podrá deducir según su contribución, respetando el límite de 100 euros anuales.

La deducción debe reflejarse en la casilla 0921 del Anexo B de la declaración de la Renta, correspondiente a las «Deducciones autonómicas – Andalucía – Ejercicio físico y práctica deportiva», cuyos importes se trasladan a la casilla 2122 del mismo anexo.

Se requiere tener a disposición la documentación justificativa, como factura, recibo o certificado emitido por la entidad deportiva, junto con el comprobante bancario del pago y la acreditación del vínculo familiar, en caso de ser necesario. Estos documentos deben conservarse por un periodo mínimo de cuatro años.

En el caso de las afiliaciones federativas gestionadas a través de clubes, como ocurre con la FEADA, será el club el encargado de emitir el certificado justificativo, pudiendo descargarse desde la aplicación de gestión de afiliaciones federativas a partir del 15 de abril.

Un ejemplo práctico ilustra la deducción: para una afiliación AIRE Anual ampliada a licencia andaluza con un coste de 227,40 euros, se puede deducir 34,11 euros; mientras que por una afiliación TIERRA Anual bajo las mismas condiciones, de 49,87 euros, la deducción sería de 7,48 euros.
Fuente: Federación Andaluza de Deportes aéreos.

TE PUEDE INTERESAR