El Tribunal Supremo ha revocado una decisión del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, basándose en el artículo 10.4 del Real Decreto de 2020, el cual no deja lugar a interpretaciones. Esta resolución se refiere a un caso donde anteriormente la justicia andaluza había fallado a favor de la parte demandante. El Supremo enfatiza que la normativa aplicable es clara y no permite ningún tipo de flexibilidad interpretativa, lo que llevó a modificar la sentencia original.
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