El TJUE Avala Mayor Control de España en la Revocación de Deudas Tributarias

La reciente decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), emitida el 7 de noviembre de 2024, ha generado un significativo revuelo en el ámbito jurídico europeo. La resolución se enfoca en la capacidad de los Estados miembros, incluido España, para imponer límites en la cancelación de deudas con la Agencia Tributaria, remarcando aspectos claves de la Ley de la Segunda Oportunidad prevista para 2025.

Desde el despacho Atalanta y Abogadas, los expertos han llevado a cabo un análisis exhaustivo para interpretar el impacto y las implicaciones de esta decisión. Uno de los puntos más destacados es la consideración de «la buena fe» del deudor como un criterio esencial para la exoneración de deudas. Según la Directiva Europea que ha recibido el respaldo del TJUE, los deudores no solo pueden verse excluidos de la exoneración por deshonestidad manifiesta, sino también por negligencia, lo que implica una supervisión más rigurosa de su conducta financiera. Incluso sin intención maliciosa, los deudores podrían enfrentar sanciones si se observa que no han gestionado adecuadamente sus obligaciones de pago.

El documento también se detiene en la ampliación de las excepciones para la exoneración de deudas. El TJUE ha puntualizado que, conforme a la Directiva (UE) 2019/1023, es prerrogativa de los Estados definir claramente qué tipos de deudas pueden ser exceptuadas de ser perdonadas, siempre y cuando se justifique adecuadamente y se respeten principios fundamentales, como el de proporcionalidad.

En el contexto español, la normativa concursal ya contempla la exclusión de ciertas deudas públicas de las medidas de exoneración, apoyándose en razones de interés público legítimo. Esta legislación refleja una preocupación por asegurar que la exoneración de deudas no afecte la equidad ni la solidaridad social, estableciendo límites claros sobre el monto y naturaleza de las deudas perdonables.

Además, la sentencia insiste en que cualquier restricción por parte de los Estados debe ser proporcional y justificada. Esto significa que las limitaciones no deben ser excesivas y tienen que estar en línea con intereses públicos legítimos.

El fallo del TJUE refuerza la capacidad de países como España para imponer restricciones en casos de exoneración de deudas, principalmente en lo relativo a deudas vinculadas al erario público. Este desarrollo resalta la creciente importancia de la transparencia y responsabilidad fiscal, afectando de manera directa a deudores con compromisos fiscales pendientes y subrayando la necesidad de diligencia en el manejo de las finanzas personales y empresariales.

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