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Huelga del 3 de octubre de 2025: Preguntas y Respuestas

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Huelga del 3 de octubre de 2025: Preguntas y Respuestas

El próximo 3 de octubre de 2025 se llevará a cabo una huelga en el sector sanitario, una medida que busca defender los derechos y mejorar las condiciones laborales del personal sanitario. Esta acción está respaldada por la Constitución Española, específicamente por el Artículo 28.2, que establece el derecho de los trabajadores a cesar su labor como forma de presión en defensa de sus intereses.

Quiénes pueden hacer huelga

Esta convocatoria está dirigida a todo el personal sanitario del grupo A1 del Sistema Nacional de Salud, independientemente de su modalidad de contratación (estatutaria, funcionarial o laboral). Esto incluye también a los profesionales en formación especializada. Además, el personal que trabaje en el Hospital San Juan de Dios del Aljarafe está contemplado dentro de esta convocatoria.

Cuándo puede hacerse la huelga

La huelga se extenderá durante un total de 24 horas, comenzando a las 00:00 del 3 de octubre y finalizando a las 23:59 del mismo día. Los profesionales que tengan asignados turnos o guardias en ese periodo podrán acogerse a la huelga y finalizarla de acuerdo a su horario natural, lo que significa que aquellos que tenían guardia asignada durante el 3 de octubre podrán hacer huelga y cumplir con los horarios establecidos.

Procedimientos durante la huelga

Si decides participar en la huelga:

  • No es necesario avisar al Servicio Andaluz de Salud ni a ningún superior.
  • Simplemente, no acudas a tu puesto de trabajo, pero debes respetar la decisión de aquellos que opten por no hacer huelga.

Respecto a los Estudiantes Internos de Residencia (EIR), ellos también están convocados y tienen derecho a participar en la huelga, sin ser designados para cubrir los servicios mínimos.

Servicios mínimos y obligaciones

Si un profesional ya está designado para cubrir servicios mínimos:

  • Debe asistir puntualmente a su puesto y realizar las actividades correspondientes. Sin embargo, no se le puede obligar a cubrir la actividad de un compañero en huelga.
  • Los servicios mínimos establecidos garantizan un 100% de atención en servicios que normalmente se prestarían un domingo o festivo, así como el tratamiento a pacientes que requieran asistencia urgente.

En caso de no estar haciendo huelga, los trabajadores deben asistir a su lugar de trabajo normalmente, sin ser obligados a cubrir las funciones de sus compañeros que hayan decidido hacer huelga.

Derechos y garantías

Durante la huelga, el contrato de trabajo se considera en suspenso, lo que significa que no se percibirá salario, aunque se mantendrá la cobertura en asistencia sanitaria e incapacidad. Además, es importante conocer que los superiores no pueden interferir en el derecho a huelga de los trabajadores, ya sea coaccionándolos o modificando sus horarios.

Conclusión

La huelga convocada para el 3 de octubre de 2025 representa una oportunidad para que el personal sanitario se una en la defensa de sus derechos y condiciones laborales. La participación es un ejercicio fundamental de la democracia laboral y está protegida por las leyes españolas. Es esencial que todos los implicados conozcan sus derechos y las normativas aplicables para llevar a cabo esta acción de manera efectiva y dentro del marco legal.

Fuente: Sindicato Médico Andaluz.

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