En un reciente fallo judicial, se determinó que las cortes carecen de competencias para imponer restricciones a nivel nacional, específicamente en lo que respecta a privar de los derechos de ciudadanía a los hijos de inmigrantes. Esta decisión subraya las limitaciones del poder judicial en la regulación de derechos fundamentales y marca un precedente en la interpretación legal sobre la ciudadanía para descendientes de inmigrantes.
Leer noticia completa en El Mundo.