En un contexto de creciente regulación en el sector inmobiliario catalán, expertos y líderes del ámbito se han reunido para discutir las implicaciones de las recientes normativas que impactan en la elaboración de contratos de alquiler. Mercedes Blanco, vocal de la Comisión de Vivienda de la Cámara de Comercio de Barcelona y CEO de Vecinos Felices Administración de Fincas y Alquileres, ha sido una de las voces destacadas en la jornada sobre el ‘Derecho Civil Catalán’, donde se han analizado las perspectivas actuales y desafíos que enfrenta este sector.
Durante el último año y medio, Cataluña ha experimentado una proliferación de normativas centradas en el control de precios y en la estructura de los contratos habitacionales, impulsadas por la Ley de Vivienda. Con el objetivo de establecer un equilibrio entre la protección del arrendador y del inquilino, estas regulaciones han sido implementadas para crear un entorno más justo y ordenado en el mercado del alquiler.
Entre las consideraciones fundamentales a la hora de redactar un contrato de alquiler, Blanco resaltó la importancia de especificar si una propiedad se encuentra en una «zona de mercado residencial tensionado». Esto cobra especial relevancia dado que el 90% de las localidades catalanas han sido declaradas como tales, repercutiendo directamente en la determinación de las rentas. Este factor se suma a la consideración del tipo de arrendador; los grandes tenedores, que poseen más de diez propiedades, están sujetos a estrictos límites de precio fijados por el Ministerio de Vivienda. En cambio, a los pequeños propietarios se les permite un leve aumento de hasta el 10%, condicionado a mejoras recientes en la vivienda.
El tema de la tarifa de los alquileres ha sido objeto de intensa discusión. Si bien los grandes tenedores deben ajustarse al índice de referencia establecido, los pequeños propietarios cuentan con un margen de maniobra más amplio, permitiendo la inclusión de ciertos gastos como comunidad o IBI dentro del contrato, aunque estos también tienen límites en su incremento anual.
Blanco hizo hincapié en la necesidad de que los arrendadores comprendan las restricciones vigentes para evitar la inclusión de cláusulas abusivas que puedan ser legalmente desafiadas. Además, los contratos deben asegurar una duración mínima de cinco años, con derechos claramente definidos para los inquilinos, como la posibilidad de rescindir el contrato después de seis meses, siempre que se dé el preaviso adecuado.
La sesión concluyó subrayando la importancia de que arrendadores e inquilinos estén plenamente informados sobre sus derechos y deberes para prevenir conflictos. La ley proporciona mecanismos de protección que buscan garantizar una relación equilibrada y justa entre ambas partes, promoviendo así la paz en el ámbito del arrendamiento en Cataluña.