Patinetes con “matrícula” en Andalucía: qué cambia, a quién afecta y cómo ponerse al día

7
minutos de tiempo de lectura
patinete electrico

En muchas ciudades andaluzas el patinete eléctrico dejó hace tiempo de ser una rareza: se usa para ir al trabajo, para enlazar con el metro o el cercanías, para moverse por el centro sin depender del coche, e incluso como alternativa rápida en municipios costeros en temporada alta. Precisamente por ese uso masivo —y por los problemas asociados cuando hay accidentes, infracciones o vehículos difíciles de identificar— la Dirección General de Tráfico (DGT) ha puesto en marcha una medida que cambia las reglas del juego: la creación de un registro específico y una etiqueta identificativa tipo “matrícula” para estos vehículos.

La idea es sencilla: si el patinete (y otros vehículos similares) circula, debe poder identificarse. Y, además, pasa a exigirse un seguro obligatorio en los casos previstos. La medida se articula a través del Registro de Vehículos Personales Ligeros (VPL) y una etiqueta física con un código único que debe ir colocada en el vehículo.

Qué es exactamente lo que se va a “matricular”

La norma no habla solo de “patinetes” como tal, sino de Vehículos Personales Ligeros (VPL), una categoría que engloba a los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) y a otros dispositivos ligeros similares. En la práctica, el patinete eléctrico entra de lleno en el foco.

A nivel técnico, se mantiene la referencia de velocidad típica de estos vehículos (por ejemplo, el rango de 6 a 25 km/h en los VMP), y se añaden criterios como el peso para encuadrarlos dentro del marco del registro. Dicho de otra forma: no es una medida “para un modelo concreto”, sino para una familia de vehículos que se ha disparado en las calles. La propia DGT estima que ya hay más de 4 millones de VMP en circulación en España, una cifra que ayuda a entender por qué se busca un sistema de identificación más robusto.

La gran novedad visible: una etiqueta tipo matrícula

El cambio más fácil de entender es el visual: aparece una etiqueta identificativa con un formato similar a una matrícula, que sigue un patrón del estilo:

M 0000 BBB (una “M”, cuatro números y tres letras)

Esa etiqueta no es un adorno. Su función es que, si ocurre algo (un accidente, una infracción, un abandono del vehículo o un conflicto con peatones y otros conductores), exista un identificador claro que permita tramitar actuaciones con mayor precisión.

Además, el reglamento detalla incluso cuestiones prácticas: el patinete debe contar con un porta-identificador en la parte trasera (idealmente bajo la luz trasera) con unas dimensiones mínimas para poder colocar la etiqueta de registro de forma visible y segura.

Seguro: de “recomendable” a obligatorio en la práctica

Hasta ahora, tener seguro era algo que mucha gente veía como opcional. Con el nuevo marco, el seguro pasa a formar parte del esquema obligatorio para los vehículos afectados por el registro y la normativa asociada.

Y aquí conviene aterrizarlo: no se trata de complicar la vida al usuario por deporte, sino de responder a una realidad. Los patinetes comparten espacio con coches, motos, bicicletas y peatones. Cuando hay daños —materiales o personales— alguien debe responder. El seguro de responsabilidad civil pretende cubrir ese escenario.

¿Y las multas? Por qué se habla de sanciones de “hasta 800 euros”

Uno de los puntos que más preocupa es el régimen sancionador. Según ha explicado la DGT, carecer del registro/identificación puede conllevar sanciones económicas que se mueven en la horquilla de 202 a 610 euros, y circular sin seguro en los supuestos obligatorios puede implicar multas de 250 a 800 euros. Es decir: no es un simple “trámite administrativo”, porque la consecuencia de ignorarlo puede ser seria para el bolsillo.

El matiz clave para mucha gente: patinetes “certificados” y “no certificados”

Aquí está el detalle que más dudas genera y que afecta a muchísimos usuarios en Andalucía: no todos los patinetes están en la misma situación.

  • Los modelos más recientes suelen contar con certificación y documentación alineada con los requisitos actuales.
  • Los modelos más antiguos pueden no estar certificados, y se contempla un periodo transitorio: en términos generales, podrán circular hasta el 22 de enero de 2027 bajo determinadas condiciones, aunque la recomendación práctica es no apurar plazos si el uso es frecuente.

Este punto es importante porque Andalucía combina grandes capitales (con más control y presencia policial en zonas céntricas) con muchos municipios medianos donde el patinete se usa a diario para distancias cortas. En ambos casos, el riesgo de “no enterarse” existe… pero el susto llega igual.

Qué tiene que hacer un usuario en Andalucía para regularizar su patinete

Sin entrar en tecnicismos innecesarios, el camino suele ser:

  1. Revisar si el patinete dispone de certificado o documentación de circulación (en especial si se compró hace años).
  2. Iniciar la inscripción en el registro a través de los canales habilitados por la DGT (en muchos casos, vía sede electrónica o con ayuda telefónica).
  3. Aportar la información requerida: en patinetes no certificados pueden pedir datos como número de serie/identificación y evidencias del vehículo.
  4. Obtener el identificador y colocar la etiqueta en el patinete conforme a los requisitos de ubicación y visibilidad.
  5. Contratar el seguro (habitualmente de responsabilidad civil) para circular con tranquilidad y cumplir el marco vigente.

Para quien usa el patinete cada día —por ejemplo, para moverse por Sevilla, Málaga, Granada, Córdoba o Cádiz— la recomendación práctica es simple: tratarlo como lo que ya es en la vida real, un vehículo con el que se circula y con el que se comparte espacio público.

Un cambio que también afecta al “sharing” y al turismo

En Andalucía, el patinete tiene un componente adicional: el uso compartido (alquiler por minutos) y el turismo. La norma contempla casuísticas como vehículos de “sharing” y busca que la identificación no dependa de apps o de sistemas privados, sino de un esquema reconocible y trazable.

En ciudades con fuerte presión turística y movilidad estacional, el impacto puede notarse especialmente: más control, más necesidad de orden y más exigencia de responsabilidad cuando hay incidentes.


Preguntas frecuentes

¿Tengo que registrar un patinete eléctrico si vivo en Andalucía?
Si el vehículo entra dentro de la categoría afectada por el Registro de Vehículos Personales Ligeros y circula por vías públicas, la norma aplica igual en Andalucía que en cualquier otra comunidad. La clave es comprobar si tu modelo está certificado y qué documentación puede requerirse.

¿Cómo sé si mi patinete es “certificado” o “no certificado”?
Los modelos más recientes suelen incluir certificado y documentación asociada. En modelos antiguos puede faltar. En caso de duda, conviene revisar la documentación de compra y la identificación del vehículo (número de serie) y consultar los requisitos de la DGT para el trámite.

¿Qué formato tiene la nueva “matrícula” del patinete y dónde se coloca?
La etiqueta identificativa sigue un patrón tipo M 0000 BBB y debe ir colocada en la parte trasera, en un porta-identificador previsto para ello, con visibilidad suficiente (por ejemplo, cerca de la luz trasera).

¿Qué seguro necesita un patinete eléctrico para circular legalmente?
El enfoque habitual es un seguro de responsabilidad civil que cubra daños a terceros. La obligación y el alcance concreto dependen del encaje del vehículo en el marco del registro y de la normativa aplicable, pero la tendencia regulatoria es clara: pasar de “recomendación” a exigencia.

Más información en la DGT y Noticias DGT.

TE PUEDE INTERESAR

Patinetes con “matrícula” en Andalucía: qué cambia, a quién afecta y cómo ponerse al día — Andalucía Informa