El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ha publicado la orden reguladora para la cuarta convocatoria de subvenciones del Programa de Fomento del Parque de Viviendas en Alquiler, que tiene como objetivo la construcción de aproximadamente 1,700 viviendas en alquiler a precio asequible. Estas ayudas están dirigidas a promotores públicos, privados, fundaciones y cooperativas. Los interesados podrán presentar sus proyectos a partir de la publicación de la orden y, siempre que cumplan con los requisitos, se irán adscribiendo al programa en orden de llegada mediante la firma de un acuerdo de financiación.
Esta nueva convocatoria cuenta con una dotación inicial de 33 millones de euros y se desarrollará por concurrencia no competitiva, a diferencia de las tres convocatorias anteriores desde 2019. El objetivo es agilizar la concesión de solicitudes. La orden establece dos líneas de ayudas. La primera está destinada al fomento de viviendas protegidas en alquiler para personas mayores y personas con discapacidad. La segunda línea se centra en el fomento de viviendas protegidas en alquiler y otras soluciones residenciales temporales, como el cohousing y viviendas intergeneracionales.
Para la primera línea, las promociones deberán contar con instalaciones y servicios que ofrezcan prestaciones mínimas como servicios sociales, atención médica disponible las 24 horas, limpieza, mantenimiento, dispositivos de seguridad, restauración, y actividades sociales, deportivas y culturales. La subvención será de 700 euros por metro cuadrado útil, con un máximo del 50% del coste total subvencionable o 50,000 euros por unidad de alojamiento.
La segunda línea incluirá espacios comunitarios para la convivencia de los destinatarios y opta a una subvención de 420 euros por metro cuadrado útil, además de 15,000 euros adicionales por alojamiento si está destinado a personas de menos recursos.
La adscripción al programa, financiado por el Plan Vive en Andalucía y el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025, obliga a mantener el régimen de alquiler o cesión de uso durante al menos 20 años desde la calificación definitiva. Esta condición deberá constar en dicha calificación e inscribirse como nota marginal en el Registro de la Propiedad. Las viviendas construidas podrán tener hasta 90 metros cuadrados y deberán contar con una calificación energética mínima A, tanto en emisiones de CO2 como en consumo de energía primaria no renovable.
Fuente: Junta de Andalucía.