Regalos de Boda: Claves y Límites Fiscales que Monitorea Hacienda

En el contexto de las bodas, surge frecuentemente la interrogante de si es necesario declarar los regalos ante Hacienda. Según la normativa vigente, los regalos matrimoniales, que se asumen como donaciones, deben ser incluidos en la declaración de la renta por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. El porcentaje a tributar varía según la cuantía, patrimonio y residencia de los contrayentes, dado que la gestión del impuesto recae en las Comunidades Autónomas, donde algunas, como Madrid y Andalucía, aplican tipos reducidos del 1%. Aunque existe un umbral mínimo por debajo del cual no es obligatoria la declaración, montos superiores a 3.000 euros, especialmente si se realizan mediante transferencia o impactan en movimientos bancarios, atraen la atención fiscal. En casos de regalos en especie, como inmuebles o vehículos, se requiere su declaración debido al registro formal de propiedad.

Leer noticia completa en 20minutos.

Titulares Prensa
Titulares Prensa
Resumen de la actualidad y noticias de la Prensa nacional e internacional

Compartir artículo:

Más popular

Más artículos como este
Relacionados

El Misterio de la Cala de Galicia: Un Refugio Efímero que Surge y Desaparece con la Marea

En una Galicia llena de destinos turísticos populares, Cala...

Cuatro auriculares USB-C para tu móvil: Comparativa y mi favorito del escaparate

La transición del clásico conector de 3,5 mm al...

Hiroshima a 80 Años: La Lucha por la Memoria Pacifista en un Mundo Nuclearmente Inquietante

En cada aniversario relacionado con la temática nuclear, se...

Fecha límite para que jubilados mutualistas reciban la devolución del IRPF

Los jubilados mutualistas en España podrán recuperar dinero por...