A partir de enero de 2025, los autónomos con menos ingresos en España podrán beneficiarse de la nueva figura del IVA franquiciado, tras la implementación de la Directiva de la Unión Europea 2020/285. Este régimen permitirá que aquellos trabajadores por cuenta propia que facturen menos de 85.000 euros anuales queden exonerados de presentar el IVA trimestral o anualmente, eliminando también la necesidad de incluir este impuesto en sus facturas. Sin embargo, aunque las ventajas incluyen menos carga administrativa y la posibilidad de ofrecer precios más competitivos debido a la ausencia de IVA, los autónomos perderán la opción de deducir el IVA soportado. El sistema es voluntario, y será más beneficioso para profesionales con pocos gastos deducibles, como abogados y diseñadores, mientras que aquellos con mayores necesidades de materiales deberán evaluar si les conviene acogerse a esta medida.
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