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Firmado Protocolo para Agilizar Inhumaciones de Cuerpos No Identificados o Sin Reclamar

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Firmado Protocolo para Agilizar Inhumaciones de Cuerpos No Identificados o Sin Reclamar

El Consejo de Gobierno ha sido informado sobre el nuevo protocolo firmado entre la Consejería de Justicia, Administración y Función Pública, el Ministerio de Justicia, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y la Fiscalía Superior de Andalucía. Este acuerdo establece el procedimiento para agilizar la inhumación de cadáveres no identificados o sin reclamar.

Según el protocolo, los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IMLCF) custodiarán los cuerpos hasta que la autoridad judicial autorice su inhumación. Esta responsabilidad recae legalmente sobre los ayuntamientos donde se encontraron los cadáveres. La medida busca optimizar tanto los recursos materiales como humanos de los IMLCF, que mantienen los cuerpos en cámaras frigoríficas. Después de realizar la autopsia, recoger muestras necesarias para identificación futura y elaborar los informes forenses, los jueces podrán autorizar el entierro a cargo de los ayuntamientos, siempre descartando la opción de incineración.

El documento también recuerda que el protocolo servirá de modelo para otros territorios. Especifica cómo deben proceder cada uno de los agentes involucrados para agilizar el proceso y evitar demoras. En casos donde la identidad del cadáver es desconocida, los médicos forenses deben realizar un reportaje fotográfico completo y tomar muestras biológicas en un plazo no mayor a 48 horas desde el levantamiento del cadáver.

La Consejería de Justicia proporcionará a los servicios de los IML dispositivos de extracción y conservación de muestras que garantizan fiabilidad y antidegradación de ADN. Estas muestras se enviarán al Departamento del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses en Sevilla para su análisis, o se entregarán a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Asimismo, se establecerá un mecanismo para que las muestras se registren en la base de datos de Personas Desaparecidas y Cadáveres y Restos Humanos sin identificar (PDyRH). Una vez concluidas estas acciones, el médico forense informará a su jefe de Servicio, quien solicitará al juzgado competente la autorización para el sepelio.

El protocolo señala que los cadáveres no identificados o de difícil identificación quedarán bajo disposición judicial. La autoridad judicial determinará su traslado o inhumación y lo comunicará al ayuntamiento responsable de los gastos del sepelio. Este último deberá actuar conforme a la legislación respecto a conservación, traslado y enterramiento por beneficencia, y en casos de repatriación, en coordinación con el consulado correspondiente.

Se enfatiza que en ningún caso se puede incinerar un cadáver no identificado y que la inhumación debe realizarse en un nicho identificado para facilitar su exhumación futura si se logra la identificación. El lugar exacto de la inhumación debe ser comunicado al juzgado competente.

Para asegurar una buena coordinación entre todas las partes, el convenio prevé la creación de una Comisión de Seguimiento que se reunirá, al menos, semestralmente. Este protocolo tiene una vigencia de cuatro años, prorrogables por otros cuatro mediante acuerdo expreso de las partes.
Fuente: Gobierno al día de Andalucía.

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