El 23 de mayo de 2025 se ha convocado una huelga del personal sanitario del grupo A1 del Sistema Nacional de Salud. Este derecho, garantizado por el Artículo 28.2 de la Constitución Española y regulado por el Real Decreto-ley 17/1977, representa una medida de presión en defensa de los intereses de los trabajadores. A continuación, se presentan aspectos clave para quienes participen en esta jornada.
### ¿Quién puede hacer huelga?
La huelga está destinada a todo el personal sanitario del grupo A1, sin importar su modalidad de contratación, ya sea estatutaria, funcionaria o laboral, incluyendo al personal de formación sanitaria especializada.
### ¿Cuándo puedo hacer huelga?
La huelga se llevará a cabo el 23 de mayo de 2025, con una duración de 24 horas, comenzando a las 00:00 del día 23 y finalizando a las 00:00 del día 24.
### ¿Qué tengo que hacer si estoy de huelga?
Si decides participar en la huelga, no es necesario que informes al Servicio Andaluz de Salud ni a ningún directivo. Simplemente, no acudas a tu centro de trabajo y respeta la libertad de aquellos compañeros que elijan no participar.
### Si soy EIR, ¿puedo hacer huelga?
Sí, los especialistas en formación (EIR) tienen derecho a participar en la huelga y no serán asignados para cubrir los servicios mínimos.
### Si no estoy de servicios mínimos, ¿debo cumplir una guardia asignada?
No. Los facultativos que no estén de servicios mínimos no están obligados a trabajar ni a cumplir con ninguna modalidad de jornada preestablecida.
### ¿Qué hacer si estoy de mínimos?
Si eres designado para cubrir servicios mínimos, debes asistir puntualmente a tu centro de trabajo y realizar las actividades correspondientes. Sin embargo, no se te puede obligar a cubrir la actividad de un compañero que esté en huelga. En caso de recibir instrucciones que consideres restrictivas, solicítalas por escrito y contacta a tu delegado del SMA.
### ¿Qué tengo que hacer si no estoy de huelga?
Al no participar en la huelga, debes acudir puntualmente a trabajar y realizar tus tareas habituales. Nuevamente, no puedes ser obligado a cubrir a un compañero en huelga, y si te encuentras con instrucciones que afectan el derecho de tus compañeros, solicita que sean documentadas y comunica la situación a tu delegado.
### ¿Qué no pueden hacer los cargos directivos e intermedios?
Los directivos no pueden preguntarte sobre tu intención de participar en la huelga ni amenazarte o coaccionarte. Tampoco pueden modificar las agendas de consultas o quirófanos durante los días de huelga, debiendo mantener las actividades previstas de manera similar a un día normal.
### Información adicional
Durante la huelga, el contrato se suspende, lo que implica que no percibirás salario, pero seguirás teniendo acceso a prestaciones básicas de asistencia sanitaria e incapacidad. Es importante recordar que la huelga es un ejercicio de derechos, y su éxito depende del compromiso de todos los participantes.
Este encuentro es parte de la lucha por un estatuto propio para la profesión médica y facultativa, resaltando la importancia de la unidad y la solidaridad en el sector sanitario.
Fuente: Sindicato Médico Andaluz.