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Impugnación de Normativas Vecinales: Derechos y Soluciones ante la Prohibición de Plantas en Balcones

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Con la llegada de la primavera, muchos buscan decorar terrazas y balcones con plantas, una práctica que puede resultar terapéutica pero que a veces provoca conflictos en comunidades vecinales. La Ley de Propiedad Horizontal no prohíbe explícitamente tener plantas, aunque permite la intervención de la comunidad si estas representan molestias, insalubridad o peligro. En tales casos, los vecinos pueden solicitar su retirada a través del presidente de la comunidad y, de continuar el desacuerdo, proceder legalmente mediante una “acción de cesación”. Un juez podría ordenar la eliminación de las macetas e incluso imponer sanciones económicas o, en casos extremos, el desalojo del inquilino si el piso está alquilado. Sin embargo, si las plantas están bien cuidadas y no interfieren con los vecinos, generalmente no hay razón para su prohibición, destacando la importancia del sentido común y la convivencia pacífica.

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