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Polémica en Sevilla por la retirada de un azulejo histórico: ¿protección del patrimonio o exceso de celo normativo?

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En el corazón de Sevilla, en una fachada que desde 1998 luce un azulejo cerámico pintado con la palabra Jacaranda bajo un árbol en flor, ha estallado una polémica que enfrenta criterios técnicos y sensibilidad ciudadana. La imagen, compartida por la usuaria de X @Palomaglez95, denuncia que la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento ha ordenado su retirada, alegando “contaminación visual”.

“Parece ser que habrá más azulejos que serán retirados alegando la misma excusa. Esto no hay por dónde cogerlo…”, escribía la autora del mensaje, que en pocas horas se hizo viral y generó un intenso debate sobre dónde empieza la protección del paisaje urbano y dónde acaba el sentido común.

La norma: proteger, unificar… y limitar

La medida se enmarca en la Ordenanza Municipal de Publicidad Exterior y en el modelo de diseño unificado aprobado por el Ayuntamiento en 2018 para rótulos y toldos en zonas patrimoniales.
Según la norma, cualquier elemento gráfico en fachadas de áreas protegidas debe cumplir con criterios de integración estética, tipografía, materiales y dimensiones, con el fin de evitar el “desorden visual” y salvaguardar la imagen de espacios como el Casco Histórico, la Avenida de la Constitución, San Fernando o el barrio de Santa Cruz.

El objetivo, en teoría, es preservar la coherencia visual y evitar que la saturación de cartelería y publicidad degrade el valor patrimonial. Pero el texto legal no distingue entre elementos comerciales recientes y piezas con carácter artístico o artesanal de larga trayectoria.

¿Contaminación visual o parte del paisaje?

Aquí radica el conflicto. El azulejo en cuestión no es un cartel moderno de plástico, sino una pieza cerámica pintada a mano con estética tradicional, que lleva más de 25 años formando parte de la fachada. Su diseño, con motivos clásicos y el skyline de Sevilla, se integra en el entorno más que alterarlo.

Para muchos vecinos, su retirada no solo sería innecesaria, sino que implicaría borrar un pedazo de historia reciente del barrio. “Si algo lleva décadas ahí, forma parte del paisaje; no se puede tratar igual que un cartel luminoso nuevo”, comenta Antonio G., residente del centro y habitual defensor del patrimonio local.

El dilema de la aplicación estricta

La Gerencia de Urbanismo argumenta que estas actuaciones se realizan conforme a expedientes y criterios técnicos previamente aprobados. No obstante, casos como este invitan a reflexionar sobre la flexibilidad de la norma ante circunstancias especiales.

En otros puntos del Casco Histórico, la colaboración entre comercios y el Ayuntamiento ha permitido preservar rótulos antiguos, integrándolos como parte del atractivo turístico y cultural. Ejemplos como la cerámica de talleres históricos de Triana o antiguos rótulos de ultramarinos muestran que la estética tradicional no tiene por qué entrar en conflicto con la normativa, siempre que se contemple una excepción.

¿Una oportunidad para revisar el criterio?

Este caso abre un debate sobre si el concepto de “contaminación visual” debería ser más contextual y menos absoluto.
En un momento en que Sevilla impulsa el turismo cultural y la puesta en valor de su artesanía, destruir un elemento artesanal con valor estético podría enviar un mensaje contradictorio.

Quizá la solución pase por crear un catálogo de rótulos y elementos cerámicos históricos, aunque no alcancen la categoría de Bien de Interés Cultural, de modo que queden protegidos y no se vean afectados por normativas pensadas para otro tipo de elementos publicitarios.


Preguntas frecuentes (FAQ)

1. ¿Qué es la “contaminación visual” según la normativa?
Es la presencia de elementos gráficos, publicitarios o decorativos que alteran la percepción armónica de un espacio urbano, especialmente en zonas protegidas por su valor histórico o cultural.

2. ¿La Ordenanza de Publicidad Exterior distingue entre rótulos modernos y piezas artesanales antiguas?
No de forma explícita. El criterio es principalmente técnico y se basa en materiales, dimensiones, tipografía y ubicación, sin diferenciar por antigüedad.

3. ¿Puede un azulejo ser considerado patrimonio protegido?
Sí, si forma parte de un bien catalogado o si se incluye en un inventario específico. Actualmente, muchas piezas artesanales no están registradas y por tanto no tienen protección oficial.

4. ¿Es posible evitar la retirada en casos como este?
Sí, si se logra acreditar su valor cultural o artesanal y el Ayuntamiento lo acepta como elemento protegido, o si se adapta el marco normativo para contemplar excepciones justificadas.

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