La reciente decisión de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha generado un considerable impacto en el ámbito médico, al estimar en parte las pretensiones cautelares planteadas por el Ilustre Colegio de Médicos de Madrid y ASEMEG. Como resultado, se ha acordado la suspensión cautelar de la fase de resolución de las solicitudes y la expedición de títulos, específicamente en relación a la aplicación del apartado 5.e de la disposición transitoria primera del Real Decreto 610/2024, que regula el acceso directo previsto en su apartado 1.a.
Este fallo tiene importantes implicaciones para los profesionales de la salud que aspiraban a acceder al título de especialista en Urgencias y Emergencias sin necesidad de haber pasado por el proceso MIR. La suspensión cautelar significa que, al menos de forma temporal, no se podrán resolver las solicitudes que ya se han presentado, lo cual puede generar incertidumbre y preocupaciones entre los afiliados y los interesados en este acceso directo.
Sin embargo, es fundamental resaltar que esta suspensión no afecta a las fases que actualmente se están llevando a cabo. Por lo tanto, desde las organizaciones implicadas se recomienda a los afiliados que continúen con sus trámites pertinentes para la solicitud de certificados y la presentación de los mismos, siguiendo el procedimiento administrativo habilitado y el cronograma propuesto.
El sector médico está a la espera de la resolución definitiva que dará claridad sobre el futuro de este proceso. Mientras tanto, diversos medios han comenzado a cubrir el tema, reflejando el impacto de esta decisión judicial. Entre las noticias relacionadas, destacan artículos de medios como Redacción Médica, que asegura que el Supremo ha frenado cautelarmente el acceso al título de ‘Urgencias sin MIR’, y ConSalud.es, que menciona que esta suspensión se tomó para evitar «conflictividad».
Es un momento crucial para los profesionales de la salud que se ven afectados por esta situación y que ahora deben mantenerse informados y al tanto de los desarrollos posteriores a esta decisión del Tribunal Supremo.
Fuente: Sindicato Médico Andaluz.